La venia se encuentra regulada en los artículos 26 del EGAE y en el artículo 9 CDAE, y puede considerarse como el permiso que solicita un letrado al anterior compañero para hacerse cargo de la dirección de un asunto profesional a instancias del cliente.
Se ha convertido en un instrumento que, sin perder su carácter de norma de respeto y consideración entre compañeros, facilita el ejercicio del derecho de defensa del cliente a través de la elección de letrado. Facilita las relaciones entre profesionales, fomentando la cortesía y el respeto, contribuyendo así a mostrar una imagen digna de la profesión.
Descubre algunas recomendaciones desde una perspectiva práctica.
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