La multinacional Uralita, que en 2015 cambió su denominación social por COEMAC, siempre defendió que no existía relación causal entre el empleo de fibras de amianto en sus plantas con las enfermedades respiratorias posteriormente desarrolladas por algunos de sus extrabajadores.
Los afectados por su parte, señalaron que hay numerosos estudios que relacionan las enfermedades que han padecido los trabajadores de Uralita y sus familiares con la empresa.
Tras más de 10 años de idas y venidas judiciales, ya que Uralita recurrió de forma sistemática todas las sentencias, el Tribunal Supremo invalidó las sentencias favorables a los trabajadores de 2009 y 2013, centrándose en la forma de la denuncia y anulando el procedimiento. El Supremo consideró que todos los procesos judiciales quedaban invalidados al entender que los procedimientos tenían que haber ido por el procedimiento social (laboral) en vez de por lo civil.
Los familiares de los afectados comenzaron el proceso de nuevo y ahora, el juzgado de lo social les ha dado la razón.
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